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Proceso participativo Ordenanza Movilidad y Tráfico LPGC

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actualizada el 20 jul 2020
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b) Lavar los vehículos en la vía pública cuando no exista un espacio específicamente habilitado para ello, y realizar actividad alguna en los vehículos como cambios de aceite, reparaciones, etc., que implique suciedad sobre la vía pública. De dicho incumplimiento serán responsables el propietario y el conductor del vehículo, quedando obligados a la limpieza del espacio público afectado por el vertido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Si el Servicio Municipal de Limpieza efectuase la correspondiente limpieza, aplicará el coste real de la misma al infractor.

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