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CONSULTA PÚBLICA DEL REGLAMENTO DE CENTROS CÍVICOS Y LOCALES COMUNITARIOS

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actualizada el 18 oct 2022
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El ServPublicación y entrada en vigor. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 105.1 y106 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, la entrada en vigor del presente reglamento se producirá en los siguientes términos: a) El acuerdo de aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento se comunicará a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Transcurridos quince días hábiles desde la recepción de dicha comunicación, el referido acuerdo y el texto íntegro del Reglamento se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. c) El Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. El acuerdo de aprobación definitiva y el reglamento se publicarán además en la página web del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.